La sala de lo social del TSJ de Murcia, da la razon a CCOO en su defensa de los trabajadores de la empresa ElPozo Alimentación

Fuente:
villadealhama.es

LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA, DA LA RAZON A CCOO EN SU DEFENSA DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA EL POZO ALIMENTACION, EN EL CONTENCIOSO QUE MANTIENEN CON ESTA DURANTE MAS DE TRES AÑOS, SOBRE EL ABONO DE LOS INCENTIVOS DE PRODUCCION (SALARIOS) QUE LA EMPRESA LES REDUJO EN SU MOMENTO, EN UNA MEDIA APROXIMADA DE 200 € MENSUALES A CADA TRABAJADOR, AFECTANDO ESTA SENTENCIA A MAS DE 2000 TRABAJADORES DE PRODUCCION EN LA EMPRESA, LO QUE SUPONE QUE LA EMPRESA ADEUDA A SUS TRABAJADORES UNA CANTIDAD SUPERIOR A 10 MILLONES DE EUROS.

Para CCOO esta Sentencia es un triunfo de la justicia social dentro de la empresa, puesto que la negociación colectiva dentro de la misma debe respetarse por encima de intereses individuales de parte.

A partir de este momento, CCOO confía en que la empresa cumpla con su palabra ya que siempre manifestó que haría lo que dijeran los Tribunales una vez que se pronunciaran sobre los incentivos y la forma de su abono (existen vídeos de prensa de las manifestaciones en su momento).

Puesto que ya se han pronunciado dos Tribunales de lo Social a favor de los trabajadores, CCOO confía en que la empresa cumpla y acabe con un conflicto que ya se había eternizado y enquistado dentro de la empresa.

CCOO ya se ha puesto en contacto con la Dirección de la Empresa, para ver de qué manera se da cumplimiento a la nueva Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, de forma que se comience a resarcir a los trabajadores de la injusticia que durante más de tres años se ha venido ocasionando a éstos, así como, ver las nuevas mediciones para adaptar cada puesto de trabajo al rendimiento optimo de 90 puntos Bedaux.

En el año 2009 los trabajadores de El Pozo llevaron a cabo una huelga de tres días para exigir que la empresa les abonara una media de 200 € mensuales que esta les había reducido de forma unilateral a más de 2000 trabajadores. Como acuerdo para desconvocar la huelga se firmó un documento (con carácter de convenio) en el que se reconocía que los trabajadores podían cobrar el 90 en el sistema de medición utilizado para determinar los incentivos (sistema Bedaux).

Este sistema se mide por un determinado valor punto prima (según convenio cada punto de valor equivale a 1,110 €). Este sistema determina que el sueldo del convenio se abona por un rendimiento que equivale a 60 puntos y a partir de ese rendimiento se abona hasta un máximo de 90 puntos que solo pueden alcanzar los trabajadores muy

preparados y formados, siendo normal que los trabajadores puedan llegar a 80 puntos Bedaux como media óptima de rendimiento y trabajo sin llegar a sufrir lesiones en cada actividad los trabajadores.

Los trabajadores defendían que en El Pozo existía una mejora del sistema donde los trabajadores podían llegar a 90 puntos como óptimo y por lo tanto cobrar en función del importe del 90 y no del 80 como decía la empresa.

Al final los Juzgados nos han dado la razón a los trabajadores y esta deberá abonar la diferencia entre el 80 y el 90, lo que puede suponer una media de 200 € al mes durante 3 años y medio aproximadamente. Esto puede suponer que cada trabajador cobre entre 3500 € y 5000 € de atrasos.

La sala de lo social del TSJ de Murcia, da la razon a CCOO en su defensa de los trabajadores de la empresa ElPozo Alimentación, Foto 1

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