Mociones del Grupo Municipal de IU+Los Verdes presentadas al pleno del Ayuntamiento

Fuente:
villadealhama.es

El Grupo Municipal de IU+Los Verdes ha presentado al pleno del Ayuntamiento una serie de mociones:

Sobre la Reforma del Sistema Electoral:

MOCION
Los resultados de las últimas elecciones generales del 9 de marzo, han puesto de manifiesto con toda su crudeza una realidad: nuestra ley electoral es abiertamente injusta y dudosamente constitucional.

Abiertamente injusta porque la representación institucional que se obtiene en las Cortes Generales no se corresponde con el apoyo electoral realmente obtenido a través de los votos de los ciudadanos. Por ello se da la paradoja de que la tercera fuerza política en apoyo electoral del país, como es Izquierda Unida con cerca de 1 millón de votos, obtiene dos diputados y sin embargo otras fuerzas políticas con menor apoyo electoral multiplican ese resultado.

El actual sistema electoral favorece claramente a los partidos mayoritarios al tiempo que produce una representación superior de las fuerzas políticas que se presentan solo en algunas circunscripciones. Es un sinsentido que debe ser corregido.

Debe ser corregido para cumplir el precepto constitucional que establece que el sistema electoral debe cumplir el principio de proporcionalidad (que ahora no cumple) y también y sobre todo para garantizar a todos los ciudadanos de nuestro país voten en el lugar de l Estado Español que voten y voten a la fuerza política que deseen que su voto tiene el mismo valor y que su voluntad va a ser tenida en cuenta en idéntica medida.

Es imprescindible reformar la Ley electoral para garantizar a todos los/as ciudadanos/as su derecho democrático a que su voto sea igual y tenga el mismo valor, para garantizar con ello la libertad del voto y para cumplir el espíritu constitucional de proporcionalidad.

De mantenerse el actual sistema se continuará vulnerando el mas elemental fundamento democrático que se expresa en la máxima de” un hombre/una mujer un voto con igual valor” y se continuaran produciendo distorsiones en la representación de la voluntad popular expresada en las urnas realmente inadmisibles.

Por todo lo cual, IU+Los Verdes plantean la siguiente propuesta de acuerdo:

PROPUESTA DE ACUERDO
Que el Ayuntamiento de Alhama de Murcia exija al Congreso de los Diputados que promueva la creación de una Comisión para la reforma del Sistema electoral que permita la modificación de la actual ley electoral con criterios de proporcionalidad entre la representación institucional y el nº de votos obtenidos por cada fuerza política en los procesos electorales con objeto de que la mencionada reforma electoral pueda ser operativa en las próximas elecciones generales.

Del presente acuerdo se dará traslado al Presidente de Gobierno, al Presidente del Congreso de los Diputados y a todos los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados.

Sobre la Jornada de 65 horas:

MOCION
Los ministros de Trabajo de la Unión Europea han aprobado una propuesta de la presidencia eslovena que permitirá a cada Estado miembro modificar su legislación para elevar la semana laboral vigente de 48 horas hasta 60 horas en casos generales y a 65 para ciertos colectivos como los médicos.

La semana laboral máxima de 48 horas es un derecho social consagrado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) hace 91 años.

Hoy esta directiva europea impulsada por un liberalismo económico radical y abanderada por Gran Bretaña y Alemania amenaza con terminar con una conquista laboral de casi un siglo de duración.

Es un hecho que empresas transnacionales y numerosos gobiernos europeos están empeñados en liquidar el ya recortado y devaluado modelo social europeo.

Pero esta liquidación si se consuma no podrá dejar de tener importantes consecuencias negativas para la estabilidad social e institucional en la Unión Europea.

La directiva de tiempo de trabajo aprobada, y pendiente de votación en el Parlamento Europeo, autoriza un alargamiento de la jornada laboral muy por encima de las 48 horas semanales mediante el único acuerdo entre el empresario y el trabajador individual.

Los Estados miembros podrán modificar su legislación y permitir que los trabajadores alcancen acuerdos individuales con sus empresarios sobre la duración de la jornada, hasta un máximo de 60 horas semanales en los casos generales y de 65 en los casos especiales como los médicos. Este tiempo se computa como promedio durante tres meses, lo cual significa que las jornadas podrán alcanzar hasta las 78 horas.

Lo aprobado atenta contra el derecho constitucional a la negociación colectiva e introduce la posibilidad de que el trabajador renuncie a sus derechos.

Entre sus muy negativos contenidos también destaca el que el periodo en el que el trabajador se encuentra disponible pero inactivo no se considera tiempo de trabajo.

Esto va en contra de la jurisprudencia de la Corte de Justicia Europea; los trabajadores sanitarios serán unos de los colectivos más afectados.

En nuestro país la LEY 4/1983, de 29 de junio, de fijó de la jornada máxima legal en cuarenta horas y de las vacaciones anuales mínimas en treinta días, tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores.

Por todo lo cual, plantean la siguiente propuesta de acuerdo:

PROPUESTA DE ACUERDO

  1. El Ayuntamiento de Alhama manifiesta su total rechazo a la elevación de la semana laboral vigente de 48 horas y exige el mantenimiento de esta histórica conquista social.
  2. El Ayuntamiento de Alhama insta al Parlamento Europeo a rechazar la directiva que autoriza a cada Estado miembro a modificar su legislación para elevar la semana laboral vigente de 48 horas.
  3. El presente acuerdo se remitirá a:
    • La Comisión Europea.
    • Los gobiernos de los 27 países miembros de la Unión Europea.
    • El Parlamento Europeo

Sobre la necesidad de legislación para la regulación del alumbrado exterior, la prevención de la contaminación lumínica y la protección del medio nocturno:

EXPOSICIÓN
En general, se entiende por contaminación lumínica la alteración artificial de la cantidad natural de luz presente en el medio nocturno. A efectos prácticos puede definirse como la emisión de flujo luminoso en intensidades, direcciones, rangos espectrales y/u horarios innecesarios para la realización de las actividades previstas en la zona donde estén instaladas las luces.

Es decir, genera contaminación lumínica toda iluminación que como consecuencia de un mal uso o funcionamiento de los sistemas de iluminación exterior provoca la iluminación de zonas que no queremos ni precisamos iluminar.

Esta contaminación tiene una serie de efectos adversos de distinto tipo:

Efectos económicos y energéticos:
La contaminación lumínica repercute directamente sobre el consumo de energía eléctrica y supone un mal uso de recursos económicos públicos, soportados principalmente por las entidades locales. Hay que tener en cuenta que, en una luminaria urbana, si se dibuja una línea vertical desde la bombilla hasta el suelo, sólo se aprovecha plenamente la luz que queda dentro del cono determinado por un ángulo de 70º a partir de la vertical. De los 70º hasta los 90º, es luz que más bien deslumbra y, de los 90º a los 180º, es luz absolutamente perdida. Como la mayoría de ellas no tienen pantallas que recubran totalmente la bombilla, llevan refractores que dispersan la luz, en vez de concentrarla, y su inclinación no es paralela al nivel del horizonte, en el mejor de los casos, un 22% de la luz producida no se aprovecha plenamente.

En el caso de un globo sin pantalla, la cantidad de energía desaprovechada supera el 50% del total que sale al exterior. Si, además, el cerramiento del globo es metacrilato tipo opal, el 50% de la luz producida por la bombilla no puede salir al exterior, con lo que el despilfarro energético es enorme, acercándose al 80% del total.

La preferencia por las Lámparas de Vapor de Mercurio tiene también efectos importantes sobre el consumo, ya que gastan un 70% más que las de Vapor de Sodio de Alta Presión (VSAP) y un 140% más que las de Vapor de Sodio de Baja Presión (VSBP). Además, el rendimiento que ofrecen disminuye a medida que envejecen: en cinco años desciende a la mitad y en diez a un tercio. El consumo, en cambio, siempre es el mismo.

Por otra parte, en muchas ocasiones se produce un sobreconsumo por sobreiluminación, ya sea en intensidad o en horario, al no regular los horarios de apagado de determinados tipos de iluminación e incumplir los niveles de iluminación recomendados por organismos como el Instituto Astrofísico de Canarias (IAC).

-Efectos ecológicos:
La producción de energía eléctrica no es un proceso limpio desde el punto de vista ecológico. Las centrales nucleares generan residuos radiactivos que es preciso tratar y almacenar, y las centrales térmicas que consumen carbón o petróleo, emiten gases a la atmósfera que causan la lluvia ácida que destruye los bosques, y el CO2 (dióxido de carbono), que origina el calentamiento global del planeta (efecto invernadero).
Esto sin tener en cuenta los peligros suplementarios que la utilización de estos combustibles comporta: contaminación del aire, mareas negras, riesgo de accidentes nucleares, etc. Ni que decir tiene que combatir estos efectos secundarios implica una inversión económica suplementaria que incrementa el valor del recibo de la luz.
Los datos de Greenpeace apuntan a que, de seguir el actual ritmo creciente del consumo energético, el año 2020 será preciso gestionar 5.000 toneladas de residuos radiactivos de alta actividad y 243.000 metros cúbicos de residuos de baja y mediana actividad. Por lo que respecta a los cálculos relativos a las emisiones de SO2 y CO2 en las térmicas de carbón, calculan que, con un ahorro del 30% al 50% en el consumo, evitaríamos emitir a la atmósfera entre 2,3 y 3,8 millones de toneladas de SO2 y entre 39 y 64 millones de toneladas de CO2.
La iluminación inadecuada tiene también efectos negativos sobre los ecosistemas nocturnos. se sabe que la alteración de la oscuridad natural de la noche tiene efectos estresantes sobre ciertas especies, causa problemas de orientación, modifica los ritmos circadianos de plantas y animales, altera los ciclos reproductivos y modifica la relación predador-presa, llegando a provocar desajustes poblacionales transmitidos a lo largo de la cadena trófica.
Por otra parte, la producción de frecuencias de luz invisibles (ultravioletas e infrarrojos) supone un consumo de energía no aprovechada para la función visual y causa daños a seres vivos sensibles a dichas frecuencias.

-Efectos sobre el bienestar y la salud:
Diversos estudios nos hablan además de efectos sobre la salud, como la intrusión lumínica de espacios que deberían mantenerse en la oscuridad para facilitar nuestro descanso nocturno, modificación del ritmo circadiano con los cambios hormonales, anímicos y de conducta asociados o indicios de aumento de riesgo de cáncer por supresión de melatonina debido a la exposición nocturna a longitudes de onda corta (luz blanca).

-Efectos culturales y científicos:
También se producen efectos culturales, como la perdida del cielo nocturno como recurso educativo, la privación de su disfrute a toda la población y el impedimento de la observación astronómica, la imposibilidad de usar la calidad del cielo nocturno como recurso turístico y la destrucción del paisaje celeste nocturno, declarado por la UNESCO en 1994 un derecho de las generaciones futuras.
Por todo ello, es preciso llevar a cabo actuaciones encaminadas a evitar los problemas generados por los sistemas de iluminación actual y a una reducción de la contaminación lumínica de nuestra localidad y de la propia Región de Murcia. Reduciendo esta contaminación no sólo reduciremos los efectos perversos que produce sino que además, favoreceremos que nuestro Ayuntamiento ahorre energía y dinero proporcionando al mismo tiempo una mayor calidad de vida a nuestros vecinos y vecinas, consiguiendo que la actividad propia de las horas nocturnas se realice en las mejores condiciones posibles y preservando el medio nocturno.

Por todo lo cual, plantean la siguiente propuesta de acuerdo:

PROPUESTA DE ACUERDO

    1. El Pleno del Ayuntamiento de Alhama de Murcia aprueba iniciar los trabajos para la redacción y aprobación de una ordenanza municipal para la regulación del alumbrado exterior, la prevención y disminución de la contaminación lumínica y la protección del medio nocturno de acuerdo con los estudios científicos y técnicos y normativas sobre el tema más avanzados en Europa.
    2. El Pleno del Ayuntamiento de Alhama de Murcia aprueba encargar a los servicios técnicos correspondientes las redacción de los proyectos precisos para llevar a cabo planes municipales de adecuación y/o sustitución de sistemas de alumbrado exterior y reducción de la contaminación lumínica de nuestra localidad. Asimismo cualquier nueva instalación de alumbrado exterior, remodelación, ampliación o reforma de las existentes, debe cumplir los criterios de eficiencia y ahorro energético, de prevención de la contaminación lumínica y de gestión adecuada de los residuos generados por las mismas.
    3. Instar al Consejo de Gobierno de la Región de Murcia para que lleve a cabo las acciones oportunas para legislar en materia de ordenación del alumbrado, de prevención de la contaminación lumínica y para la protección del medio nocturno en el ámbito competencial de nuestra región de acuerdo con los estudios científicos y técnicos y normativas sobre el tema más avanzados en Europa.
    4. Instar al Gobierno de la Nación para que legisle en materia de ordenación del alumbrado, de prevención de la contaminación lumínica y para la protección del medio nocturno, armonizando las diversas legislaciones autonómicas existentes.
Mociones del Grupo Municipal de IU+Los Verdes presentadas al pleno del Ayuntamiento, Foto 1

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