El Ayuntamiento y el IMAS renuevan el convenio de colaboración para el servicio de ayuda a domicilio para personas dependientes

Fuente:
villadealhama.es

El Ayuntamiento de Alhama de Murcia ha firmado un nuevo acuerdo con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), para la prestación del servicio de ayuda domicilio para personas dependientes.

Se trata de un servicio constituido por el conjunto de actuaciones llevadas a cabo en el domicilio de estos vecinos con el fin de atender las necesidades de la vida diaria e incrementar su autonomía, posibilitando la permanencia en el mismo. 

Las actuaciones serán las siguientes: 

• Servicios relacionados con la atención personal dirigidos a promover y mantener autonomía personal del beneficiario, a fomentar hábitos adecuados y a adquirir habilidades básicas en la realización de las actividades de la vida diaria. 

• Servicios relacionados con la atención de las necesidades domésticas o del hogar: limpieza, lavado, cocina u otros. Estos servicios sólo podrán prestarse conjuntamente con los señalados en el apartado anterior. 

Estas acciones las deberán prestar entidades o empresas debidamente acreditadas por el Servicio de Acreditación e Inspección de la consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social de la CARM.

Se podrán beneficiar aquellas personas que tengan reconocida una situación de dependencia en grado protegible y el derecho al servicio de ayuda a domicilio.

En cuanto al horario para las tareas de aseo y ayuda a la movilidad (levantar) se desarrollarán, con carácter general, en horario de mañana de 7:00 a 11:00 h.; y las tareas de aseo y ayuda a la movilidad (acostar) se realizarán, con carácter general, en horario de tarde a partir de las 18:00 h. En el caso de considerarse pertinente la prestación del servicio durante los sábados tardes, domingos y festivos, deberá tenerse en cuenta que sea para la cobertura de tareas personales, exclusivamente para personas con reconocimiento de grado 2 y 3 de dependencia y que no dispongan de ninguna posibilidad de ayuda o apoyo familiar y/o informal y deberá estar justificado en su certificado de inicio.

El coste total del presente convenio incluyendo en el importe la aportación que corresponda al usuario según la normativa del copago, durante el periodo comprendido desde el día 1 de agosto de 2020 hasta el 31 de marzo de 2022, asciende a una cantidad máxima 625.520 euros, con la siguiente distribución:

2020 (01-08-2020 a 30-11-2020):

8.936 horas, 125.104,00 € coste total del convenio, 23.769 € aportación de usuarios y 76 101.334,24 € aportación del IMAS.

2021 (01-12-2020 a 30-11-2021):

26.808 horas, 375.312,00 € coste total del convenio, 71.309,28 € aportación de usuarios y 304.002,72 € aportación del IMAS 

2022 (01-12-2021 a 31-03-2022): 

8.936 horas, 125.104,00 € coste total del convenio, 23.769,76 € aportación de usuarios y 101.334,24 € aportación del IMAS.

TOTAL: 

44.680 horas, 625.520,00 € coste total del convenio, 118.848,80 € de la aportación de usuarios y 506.671,20 € aportación del IMAS.

La determinación del coste de hora del servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia se ha realizado a 14 €.

El convenio establece que el Instituto Murciano de Acción Social deberá comunicar al Ayuntamiento de Alhama de Murcia las altas y bajas en el servicio, así como ceder los datos de carácter personal que, obrando en sus ficheros, correspondan a las personas reconocidas con derecho a la prestación. Además, el IMAS tendrá que financiar el coste del servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia, según convenio. Otro de los puntos es el seguimiento, supervisión y evaluación del servicio y designar a un coordinador técnico y a otro administrativo de las tareas que se deriven del servicio. 

El Ayuntamiento, por su parte, se compromete a prestar el servicio, que se deberá iniciar como máximo, en el plazo de 15 días a contar desde la comunicación a los Servicios Sociales del Ayuntamiento. La entidad local remitirá a través del programa informático, ICC, el documento de diligencia de inicio en el que constará la distribución horaria semanal del beneficiario y su Programa de Atención Individual. También se deberán remitir las solicitudes de baja de los beneficiarios, así como las incidencias que puedan producirse y expedir la certificación acreditativa del coste y cumplimiento del servicio por objeto del convenio por meses vendidos, dentro del plazo máximo de los 10 días siguiente al periodo que corresponda.

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