Abierto el plazo de admisión en los centros escolares

Fuente:
villadealhama.es

La Consejería de Educación, Ciencia e Investigación inicia el proceso de admisión de alumnos en los centros escolares sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria. A partir del 13 de marzo y hasta el próximo día 11 de abril se pueden recoger las solicitudes de admisión que se podrán presentar en los centros escolares escogidos en 1ª opción desde el día 26 de marzo hasta el 15 de abril.

Como novedad para este curso, la gestión del proceso de admisión se podrá realizar también a través de una aplicación informática, que será utilizada vía internet desde los distintos servicios que participan en el proceso, así como por los centros escolares. Para acceder a esta modalidad habrá que entrar en la página de la Consejería de Educación www.educarm.es desde la que se accede al menú de "Adm isión de alumnos 2008". Otra de las novedades es la rebaremación del alumno en todos los centros donde solicite su admisión.

En la admisión de alumnos no podrá establecerse discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Asimismo, no podrá percibirse cantidad económica alguna por el concepto de solicitud de admisión, preinscripción o equivalente, ni por recibir las enseñanzas de carácter gratuito.

Baremo de puntuación-Criterios Prioritarios:

1. Hermanos matriculados en el centro, o padres o tutores legales que trabajen en el mismo (No son excluyentes).

a.- Primer hermano matriculado en el centro: 4 puntos.

b.- Por cada uno de los hermanos siguientes matriculado en el centro: 2 puntos.

c.- Por trabajar el padre, la madre, el tutor o tutora legal, o bien los padres o los tutores legales en el centro: 4 puntos.

2.- Proximidad al centro del domicilio del alumno o del lugar de trabajo de alguno de los padres o tutores legales (Son excluyentes).

a.- Cuando el domicilio del alumno o el lugar de trabajo de alguno de los padres, tutores legales o, en su caso, del alumno, se encuentre en el área de influencia del centro solicitado: 5 puntos. Si se ha alegado el domicilio laboral y el criterio 1c, se otorgarán 2 puntos por este apartado.

b.- Cuando el domicilio del alumno o el lugar de trabajo de alguno de los padres, tutores legales o, en su caso, del alumno, se encuentre en el área de influencia limítrofe con respecto a la del centro solicitado: 4 puntos. Si se ha alegado el domicilio laboral y el criterio 1c, se otorgarán 2 puntos por este apartado.

c.- Por los demás domicilios o lugares de trabajo: 0 puntos.

3.- Rentas anuales de la unidad familiar.

a.- Rentas anuales iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional: 0,5 puntos.

b.- Rentas anuales superiores al salario mínimo interprofesional: 0 puntos.

4.- Existencia de discapacidad en el alumno, alguno de sus padres, tutores legales o hermanos (Máximo: 2 puntos).

a.- Por situación de discapacidad acreditada oficialmente en el alumno: 1 puntos.

b.- Por situación de discapacidad acreditada oficialmente en alguno de los padres, tutores legales o hermanos del alumno: 0,5 puntos por cada uno.

5.- Sólo para las enseñanzas de bachillerato, el expediente académico del alumno.

Criterios complementarios

1.- Condición legal de familia numerosa.

a.- Familia numerosa general: 1 punto.

b.- Familia numerosa especial: 2 puntos.

2.- Otro criterio complementario elegido entre los distintos criterios propuestos por la Consejería de Educación, Ciencia e Investigación (Sólo se elige un criterio). 1 punto.

Abierto el plazo de admisión en los centros escolares, Foto 1

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